La regulación de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), en particular los patinetes eléctricos, ha dado un giro jurídico significativo en España con la entrada en vigor de nuevas obligaciones legales que afectan a millones de usuarios. Tras años de vacío normativo y un uso masivo de estos dispositivos en entornos urbanos, el ordenamiento jurídico estatal ha acentuado el control mediante seguro obligatorio de responsabilidad civil y un registro público de vehículos, con sanciones económicas que pueden alcanzar los 800 euros por incumplimiento.
Desde finales de enero de 2026, todos los patinetes eléctricos considerados VMP deben estar inscritos en el Registro Nacional de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT) y contar con un seguro obligatorio de responsabilidad civil antes de poder circular por vías públicas.
Este registro, previsto en un Real Decreto que da desarrollo a la Ley 5/2025 sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, formaliza un sistema donde cada vehículo queda vinculado a un titular legal identificado, resolviendo uno de los principales obstáculos que existían para la aplicación efectiva de un seguro obligatorio.
Una vez inscrito, el patinete recibe un certificado digital y una etiqueta identificativa que debe colocarse de forma visible en el vehículo, similar a una matrícula.
La extensión del seguro obligatorio a los VMP responde a la necesidad de proteger a terceros frente a daños personales y materiales, en línea con la Directiva (UE) 2021/2118 sobre armonización de seguros de responsabilidad civil, transpuesta al derecho español. Esta disposición introduce el concepto legal de vehículo personal ligero (VPL) que, al cumplir ciertos parámetros técnicos de peso y velocidad, queda sujeto al régimen del seguro obligatorio, tradicionalmente asociado a vehículos a motor.
El seguro obligatorio exige, como cobertura mínima, indemnizaciones por daños a terceros en caso de siniestro, proporcionando un nivel de protección análogo al de los automóviles, adaptado a la tipología del VMP.
La normativa sancionadora ha sido definida con rigor. Las autoridades de tráfico pueden imponer multas:
Estas sanciones se articulan como infracciones administrativas graves dentro del régimen de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, y afectan tanto a usuarios particulares como a empresas que operen o faciliten estos VMP.
Además de la sanción económica, el incumplimiento puede conllevar responsabilidad civil directa de los propietarios si se produce un accidente y no existe cobertura, lo que podría resultar en reclamaciones judiciales de indemnización por daños y perjuicios.
La aplicación de esta normativa ha comenzado a registrarse ya en ciudades como Logroño, donde se contabilizaron más de 1.100 multas en 2025 y una veintena de sanciones en las primeras semanas de 2026 por infracciones relacionadas con los VMP, según datos municipales. Las autoridades recuerdan que, además de las multas, la circulación no conforme puede acarrear consecuencias civiles e incluso penales en accidentes con víctimas.
El endurecimiento del régimen jurídico de los patinetes eléctricos marca un hito en la regulación de los VMP en España. La combinación de seguros obligatorios, registro en la DGT y sanciones contundentes pretende cerrar las lagunas jurídicas que existían y elevar los estándares de seguridad vial. Para los operadores jurídicos y usuarios, la nueva normativa exige una lectura atenta de los requisitos legales antes de circular, bajo pena de severas consecuencias administrativas y de responsabilidad civil.
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