Desmantelada una organización criminal dedicada a estafar morosos

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Han sido detenidos en Madrid 17 integrantes de esta red -asentada en Colombia y España- y se ha identificado ya a 140 víctimas en todo el territorio nacional, sin poder calcular por el momento el alcance total de la estafa desarticulada por la Policía Nacional y que lleva en investigación desde finales de octubre de 2019.


LA MECÁNICA DE LA ESTAFA


Los detenidos por un delito de estafa actuaban falsamente como intermediarios entre personas declaradas morosas y ASNEF (Asociación Nacional de Establecimientos Financieros), entidad estatal oficial que ofrece estos servicios de manera gratuita. Así mediante una serie de entramados empresariales dedicados a publicitar servicios fraudulentos de gestión de los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO) lanzaban mediante buscadores de Internet una campaña publicitaria de difusión masiva, llegando a invertir un millón y medio de euros en publicidad, para que las fraudulentas páginas de su organización criminal coparan los primeros resultados de las búsquedas que se realizaban en Internet, posicionándose por encima de la página oficial de ASNEF.


LLAMADAS CON UN COSTE DE 1,57 €/MIN


Las víctimas, sin saber que estaban siendo estafadas, tras buscar en Internet la web para gestionar la baja de los ficheros de morosidad, eran derivados para llamar a un teléfono de tarificación especial, con un importe de estas llamadas en 1,57 €/min, donde los estafadores alargaban las llamadas al máximo posible para obtener mayor beneficio.


La estafa no solo consistía en confundir a las víctimas para que llamaran a un número de pago en lugar de al teléfono gratuito que dispone ASNEF, sino que tras la llamada no se solicitaba los servicios requeridos, como era aplicar la baja de los datos de las víctimas en los mencionados ficheros.


Además, para blanquear estos beneficios, utilizaban paraísos fiscalesa los cuales realizaban numerosas transferencias internacionales.


LLAMADAS DESDE COLOMBIA Y ESPAÑA


La organización criminal, la cual según la Policía Nacional “contaba con un alto grado de tecnificación que le permitía operar en centros de Colombia y España”, además contaba con formación en estafas, ya que “sus líderes formaban de manera exhaustiva a los integrantes de la misma, distribuyéndoles manuales de uso en los cuales se explicaba cómo alargar los contactos lo máximo posible”, no tenían escrúpulos, superando incluso el límite legal de tiempo establecido para llamadas de tarificación adicional, que no puede superar los 30 minutos.


NO TODAS LAS RECLAMACIONES SON ESTAFAS


El abogado penalista, Juango Ospina, en una aparición televisiva

El abogado penalista, Juango Ospina, en una aparición televisiva


Esta misma mañana conocíamos el fallo firmado porel Juzgado de Instrucción Nº2 de La Seu D´Urgell, mediante el cual exculpaban a una empresa de recobro de deudas de un intento de estafa al reclamarle 1362 euros a un usuario de telefonía por una deuda que no constaba.


El caso, gestionado por el abogado penalista Juan Gonzalo Ospina, experto en delitos de estafa, quién ha logrado el sobreseimiento del caso en favor de la empresa de recobro, saltó a la luz tras la denuncia de la usuaria de una importante compañía de telefonía en la Comisaría de los Mossos D´Esquadra de Lleida.


La ausencia de legislación específica que regule las empresas de recobros, como se denomina a las mercantiles intermediarias que adquieren un paquete de deuda para ejecutar su cobro directamente con el moroso, generan indefensión a ambas partes implicadas, que deben acudir al Código Civil, la Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios y la Ley de Protección de Datos, para determinar los límites de esta actividad controvertida y cuestionada.


A pesar de que la denunciante aseguró no tener deudas con la empresa de telefonía, la defensa de la mercantil encarnada por Ospina Abogados, considerado uno de los mejores despachos penalistas de España, demostró que la deuda reclamada era legítima, y que el único motivo por el cual la deuda ya no constaba para la empresa suministradora del servicio es que esa deuda había sido vendida a la empresa denunciada por ser una deuda de difícil recuperación. 

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