Una sentencia que está dando mucho de qué hablar ha puesto el foco en uno de los temas más sensibles del país: la concesión de la nacionalidad española. La Audiencia Nacional ha dejado claro que ser español no es un derecho automático, sino una decisión soberana del Estado.
En su sentencia del 17 de septiembre de 2025, el tribunal ha rechazado la solicitud de nacionalidad por residencia de un ciudadano armenio que no pudo demostrar el requisito clave: su integración real en la sociedad española.
El solicitante no presentó los diplomas oficiales de los exámenes DELE (idioma español) ni CCSE (conocimientos constitucionales y socioculturales), pruebas obligatorias gestionadas por el Instituto Cervantes.
Según el tribunal, no basta con vivir en España: también hay que demostrar que se conoce el idioma, la cultura y las instituciones del país.
La sentencia recuerda una doctrina ya fijada por el Tribunal Supremo:
“La nacionalidad no es un derecho subjetivo, sino una de las máximas expresiones de la soberanía del Estado.”
Esto significa que el Gobierno puede denegarla si considera que no se cumplen los requisitos de integración o si existen razones de interés público, entendiendo que integrarse es mucho más que trabajar y vivir en España. Así los jueces destacan que la integración no se limita a tener empleo o familia en el país, implicando:
Además, subrayan que los requisitos deben cumplirse antes de presentar la solicitud, no durante el proceso.
Al obtener la nacionalidad, la persona:
Puede votar
Por eso, el tribunal insiste: no se puede otorgar la nacionalidad a quien no demuestre una integración real y acreditada.
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