El Tribunal Constitucional anula parcialmente la condena de Manuel Chaves por el caso de los ERE fraudulentos

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El Tribunal Constitucional (TC) ha absuelto parcialmente al ex presidente de la Junta de AndalucíaManuel Chaves, de la prevaricación que le había supuesto una condena de nueve años de inhabilitación, debido al "procedimiento específico" de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos utilizando fondos autonómicos.


Fuentes judiciales contactadas por Europa Press han revelado que la mayoría del Pleno ha aprobado el borrador presentado por la vicepresidenta Inmaculada Montalbán, que proponía anular la condena original y solicitar a la Audiencia de Sevilla que emita una nueva sentencia, restringida a la posible prevaricación cometida entre los años 2000 y 2001.


El tribunal ha comunicado que los magistrados determinaron que se ha violado el derecho a la legalidad penal, ordenando por ello retrotraer las actuaciones para que se "emita un nuevo fallo que respete los derechos fundamentales vulnerados".


Como en casos anteriores relacionados con los ERE, la votación finalizó con siete votos a favor y cuatro en contra. La sentencia incluye los votos particulares de los cuatro magistrados conservadores: Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, César Tolosa y Concepción Espejel.


En semanas recientes, el TC ha aclarado en sus resoluciones sobre los 'ERE' las diferencias entre las acciones llevadas a cabo entre 2000 y 2001 y las del período 2002 a 2009. A diferencia de las primeras, las últimas contaron con la cobertura legal de los anteproyectos y proyectos de ley de presupuestos aprobados en el Parlamento de Andalucía.


Esta interpretación podría resultar en una reducción de las penas, que deberán ser acordadas por la Audiencia de Sevilla, limitándose a condenar los hechos de 2000 y 2001.


El tribunal ya había señalado en la sentencia relativa a la exconsejera de Economía andaluza Magdalena Álvarez que un proyecto de ley —mientras es un proyecto— no puede ser objeto de un juicio de legalidad, y una vez aprobado y convertido en ley, el único juicio posible es el de constitucionalidad.


En este contexto, dado que el Constitucional no se pronunció sobre la constitucionalidad de la norma porque no fue recurrida ante el tribunal de garantías, se presume su legalidad y protege las acciones de quienes actuaron bajo su amparo.


De este modo, el tribunal reitera que la elaboración de los anteproyectos de ley y su aprobación como proyectos de ley por el Parlamento de Andalucía no puede ser constitutiva de un delito de prevaricación.


El tribunal de garantías ha abordado el recurso de Chaves tras pronunciarse sobre otros siete. Hasta ahora, sus sentencias han resultado en la liberación de cinco ex altos cargos de la Junta: la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo -quien ya tenía el tercer grado penitenciario-.

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