
Por MC Ortiz Abogados Huelva.
¿Qué es el Estatuto del Becario?
El Estatuto del Becario, regulado por el Real Decreto-Ley 32/2021, establece los derechos y deberes de los estudiantes que realizan prácticas en empresas. Este marco legal busca garantizar una experiencia formativa adecuada y proteger los intereses tanto de los becarios como de las organizaciones.
Desde octubre de 2022, el Gobierno viene dando pasos para modificar la normativa existente para incorporar nuevos derechos para los becarios, aunque buena parte de esas modificaciones todavía no ha entrado en vigor.
¿Cómo afecta a empresas y becarios?
Derechos de los becarios:
- Igualdad de derechos: los becarios tendrán los mismos derechos que el resto de trabajadores de la plantilla. No podrán trabajar en días festivos, vacaciones o turnos nocturnos, salvo excepciones.
- Compensación económica: los becarios no deben abonar ninguna cuantía por realizar las prácticas. Las empresas no están obligados a pagar un salario para las prácticas académicas no remuneradas, pero sí deberán sufragar los gastos de desplazamiento, alojamiento o manutención.
- Compatibilidad con estudios: las prácticas deben ser compatibles con las actividades académicas del estudiante. Además, las prácticas no pueden incluir horas extraordinarias, trabajo nocturno o a turnos, salvo excepciones específicas.
- Información previa: antes de comenzar las prácticas, los becarios deben recibir información adecuada sobre sus derechos y condiciones.
- Acceso a servicios: los becarios tienen derecho a utilizar los servicios disponibles en el centro donde realizan las prácticas, como la restauración o las zonas de descanso.
Deberes de los becarios:
- Cumplimiento del proyecto formativo: los becarios deben seguir el plan de formación bajo la guía de los tutores.
- Confidencialidad y secreto profesional: deben respetar la confidencialidad de las actividades de la empresa.
- Horario y normas: los becarios deben cumplir con el horario previsto y las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales.
Aspectos que afectan a las empresas
- Cotización a la Seguridad Social: a partir del 1 de enero de 2024, todas las empresas deben dar de alta en la Seguridad Social a los becarios, sin distinción entre prácticas remuneradas o no. En el caso de prácticas formativas curriculares, el Gobierno ahora mismo está abonando el 95% de la cuota y los centros formativos abonan el 5% restante, dejando a las empresas libres de esta carga.
- Limitación de las prácticas extracurriculares: son las que se realizan fuera del período de estudios del becario. A partir de ahora esta modalidad de prácticas estará limitada a un máximo de 480 horas, o sea, 60 días en el caso de una jornada de 8 horas.
- Limitación del número de practicantes: el total de becarios en una empresa no podrá superar el 20% de su plantilla. Sin embargo, empresas con menos de 10 empleados podrán acoger a un máximo de 2 becarios, independiente de cuántos empleados tenga en plantilla.
- Régimen sancionador: se espera que en el futuro se establezcan sanciones para las empresas que incumplan el Estatuto del Becario y que aumenten las inspecciones en las empresas. El incumplimiento de la ley podrá resultar en multas para las empresas y afectar la reputación de estas. Además, los becarios pueden denunciar situaciones irregulares.
Conclusión
En resumen, el Estatuto del Becario busca equilibrar los derechos y deberes de ambas partes, promoviendo una formación de calidad y condiciones justas para los estudiantes.
Si eres becario o empleador, asegúrate de conocer y cumplir con esta normativa para una experiencia positiva para ambas partes. Ante cualquier duda conviene consultar con un abogado de derecho laboral para que te asesore en los detalles a tener en cuenta.
Mantenerse informado y actuar proactivamente ayudará a las empresas a cumplir con estas nuevas regulaciones de manera efectiva.
Comentarios